Módulo transversal — Prevención de Lavado de Activos (SPLAFT)
Alerta vs. Reporte de Operación Sospechosa (ROS): cómo no confundirlos
Confirmado mediante la Resolución S.B.S. N.° 01219-2026, publicada el 24 de abril de 2026 en el Diario Oficial El Peruano, que aprueba la guía de identificación y reportes de alertas para los sujetos obligados ante la UIF, aplicable expresamente al sector construcción/inmobiliario y a los agentes inmobiliarios (art. 3 de la Ley N.° 29038).
Qué es
La SBS, mediante la Resolución S.B.S. N.° 01219-2026 (publicada el 24 de abril de 2026), aprobó una guía que distingue con claridad dos figuras que los sujetos obligados suelen confundir: la 'Alerta' y el 'Reporte de Operación Sospechosa' (ROS). Una Alerta es una señal preliminar que amerita revisión interna; el ROS es el reporte formal que el sujeto obligado envía a la UIF-Perú cuando, tras analizar la operación, sí puede describir por qué la considera sospechosa.
Por qué importa
La propia guía de la SBS señala una regla simple pero clave: 'cuando no es posible describir una operación sospechosa, no es un ROS; es una Alerta'. Confundir ambas figuras genera un problema real: enviar como ROS información que en realidad es solo una alerta basada en fuentes de terceros (una noticia, una lista no vinculante, algo escuchado) genera falsos positivos para la UIF, debilita la evaluación del propio sistema de prevención del agente, y hace perder tiempo valioso a los fiscales que sí investigan reportes reales.
Cómo se hace
1) Alerta: se genera cuando aparece una señal de riesgo pero el sujeto obligado todavía no tiene, tras su propio análisis, elementos suficientes para describir una operación concreta como sospechosa — por ejemplo, una noticia de prensa que menciona a un cliente en una investigación, sin que eso se traduzca en una operación identificable y sustentada con ese cliente. Se documenta internamente y se revisa, pero no se envía como ROS. 2) ROS: se genera cuando, después de analizar una operación real y concreta del propio negocio del agente, existen elementos objetivos para describir por qué esa operación específica resulta sospechosa (por ejemplo, las señales de alerta descritas en la lección anterior, ya verificadas contra el cliente y la operación real). El ROS sí se reporta formalmente a la UIF-Perú. 3) En ambos casos, la fuente de la información importa: información basada solo en medios de comunicación, investigaciones fiscales conocidas de forma indirecta, o listas no vinculantes, se maneja como Alerta y no como ROS, salvo que se cruce con una operación real y verificable del propio sujeto obligado.
Qué documentos intervienen
Registro interno de alertas identificadas y su análisis (aunque no se reporten a la UIF), y el formato de Reporte de Operación Sospechosa (ROS) cuando corresponda enviarlo formalmente.
Quiénes intervienen
El agente inmobiliario o el oficial de cumplimiento designado (ver Nivel 21), y la UIF-Perú (dentro de la SBS) como receptora de los ROS.
Cuánto cuesta
No aplica un costo por el análisis interno de alertas; el reporte formal del ROS a la UIF-Perú tampoco tiene costo, pero requiere el tiempo de análisis adecuado para no reportar de más ni de menos.
Qué riesgos existen
Enviar como ROS una simple alerta basada en fuentes de terceros sin sustento en una operación real y verificable, generando falsos positivos que debilitan la calificación del sistema de prevención del sujeto obligado; en el otro extremo, no reportar como ROS una operación que sí tiene elementos objetivos sospechosos, por miedo a 'exagerar' o por no analizarla con el detalle suficiente.
Ejemplo real / ilustrativo
Caso ilustrativo (hipotético, basado en el criterio de la Resolución S.B.S. N.° 01219-2026): un agente se entera por una noticia de que un conocido empresario está siendo investigado por otro tema no relacionado. Si ese empresario nunca ha sido cliente del agente ni tiene una operación real con él, esto se documenta como una Alerta (información de fuente externa, sin una operación propia que describir), no como un ROS.
Ejercicio
Piensa en una situación reciente (real o hipotética) que te haya generado dudas sobre un cliente o una operación. Evalúa: ¿tienes una operación concreta y propia que puedas describir con elementos objetivos (sería un ROS), o es información de un tercero sin una operación real detrás (sería una Alerta)?
Checklist
- ☐ Distinguir si la información viene de una operación real y propia (posible ROS) o de una fuente externa sin operación verificable (Alerta)
- ☐ No reportar como ROS una Alerta que no se puede describir como una operación sospechosa concreta
- ☐ Documentar internamente las Alertas aunque no se reporten formalmente a la UIF
- ☐ Reportar el ROS a la UIF-Perú cuando sí existan elementos objetivos para describir la operación como sospechosa
🎉 ¡Completaste toda la ruta de formación disponible!
Estamos preparando los próximos niveles. Mientras tanto, revisa la Biblioteca legal y las calculadoras de Herramientas.
← Volver al mapa de la Academia