Nivel 1 — Agente inmobiliario en Perú

La comisión del agente y el régimen de infracciones

● PENDIENTE DE VERIFICACIÓN

Que la comisión no está fijada por ley y depende de negociación libre es consistente con el marco de la Ley 29080/D.S. 010-2016-VIVIENDA. Las infracciones específicas descritas (representar a ambas partes sin consentimiento, ofrecer sin autorización escrita, retener documentos o fondos, remitir información falsa) provienen de una fuente secundaria del sector y no del texto oficial del reglamento consultado directamente — antes de citarlas como definitivas ante un cliente o en un caso real, conviene confirmarlas contra el D.S. 010-2016-VIVIENDA vigente.

Qué es

La comisión es el pago que recibe el agente inmobiliario por su gestión de intermediación. A diferencia de otros países donde algunos gremios publican tarifas referenciales, en el Perú la Ley 29080 y su reglamento no fijan un porcentaje de comisión: es un monto que se negocia libremente entre el agente y el propietario (rango de mercado frecuente y cómo se documenta, ver Nivel 2), y debe quedar pactado por escrito en el contrato de intermediación, normalmente como un porcentaje del precio de venta o del monto del alquiler.

Por qué importa

Un agente que no deja la comisión por escrito, con su porcentaje y el momento en que se hace exigible (por ejemplo, a la firma de la minuta, o a la inscripción registral), se expone a discusiones difíciles de ganar si el propietario luego se resiste a pagar. Y conocer el régimen de infracciones evita perder el registro por errores evitables.

Cómo se hace

Sobre la comisión: cada agente debe negociar y documentar el porcentaje concreto en su propio contrato de intermediación (ver el rango de mercado frecuente en Nivel 2). Sobre el régimen disciplinario: el reglamento de la Ley 29080 identifica infracciones como operar sin inscripción vigente en el RAI, representar a ambas partes de una operación sin el consentimiento informado de ambas, ofrecer un inmueble sin la autorización escrita del propietario, retener injustificadamente documentos o fondos de un cliente, y remitir información falsa o incompleta al MVCS. Las sanciones van desde la amonestación hasta la multa, la suspensión temporal del registro o su cancelación definitiva, según la gravedad (ver el detalle de plazos y montos en la lección anterior y en la Biblioteca legal).

Qué documentos intervienen

Contrato de intermediación con la comisión pactada por escrito (porcentaje, base de cálculo y momento de exigibilidad); en caso de un procedimiento sancionador, el expediente que abre el MVCS.

Quiénes intervienen

El agente, el propietario o interesado que paga la comisión, y el MVCS como entidad que fiscaliza y sanciona.

Cuánto cuesta

El porcentaje de comisión es de libre negociación, sin tarifa legal fija (ver el rango de mercado frecuente en Nivel 2).

Qué riesgos existen

Cobrar o prometer una comisión que no quedó pactada por escrito. Representar simultáneamente a comprador y vendedor sin dejar constancia del consentimiento informado de ambos — una de las infracciones expresamente identificadas en el reglamento. Ofrecer una propiedad sin autorización escrita del propietario.

Ejemplo real / ilustrativo

Caso ilustrativo (hipotético): un agente cierra la venta de un departamento sin haber especificado en el contrato si su comisión se calcula sobre el precio de venta pactado o sobre el precio efectivamente cobrado tras una negociación a la baja — la ambigüedad genera un conflicto que pudo evitarse con una cláusula clara.

Ejercicio

Redacta la cláusula de comisión que usarías en tu propio contrato de intermediación: porcentaje, base de cálculo y momento exacto en que se considera devengada.

Checklist

  • ☐ Pactar la comisión por escrito, con porcentaje y base de cálculo claros
  • ☐ Definir el momento en que la comisión se hace exigible
  • ☐ Confirmar por escrito la autorización del propietario antes de ofrecer el inmueble
  • ☐ Si representas a ambas partes, dejar constancia del consentimiento informado de las dos
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